El Tribunal Supremo confirmó el pasado mes de octubre que quien fuera vicepresidente hasta este mismo año del consejo de Administración de la Sociedad Anónima Deportiva Real Betis Balompié, no vulneró el derecho al honor de sus ex consejeros.
Los consejeros habían interpuesto demanda por unas manifestaciones que el ex vicepresidente realizó en enero de 2011 en una rueda de prensa y en la que comenzó su intervención acusando al anterior consejo de haber saqueado las arcas del club por un importe de entre 800.000 y 1.500.000 euros.
En la demanda solicitaban al Juzgado que declarase que había existido vulneración de su derecho al honor y que, en consecuencia, les indemnizase conjuntamente a todos los consejeros en 140.000 euros por los daños morales sufridos, que en un futuro se abstuviese de realizar actos o manifestaciones que impliquen intromisión así como al pago de las costas del proceso judicial.
No obstante, el Juzgado de Primera Instancia de Sevilla desestimó la demanda y ese fallo absolutorio de su sentencia también fue confirmado por la Audiencia Provincial sobre la base de los siguientes argumentos:
- El ex vicepresidente hablo de “operaciones que parecen de dudosa licitud” y “que en algunos casos podían o parecerían una especie de saqueo de la caja del Real Betis”.
- No se refirió, salvo a uno, a ningún consejero, careciendo los mismos de legitimación para interponer la acción judicial.
- Las expresiones fueron “mesuradas y medidas”, “con prudencia en la elección de los términos”, “sin mala fe”, “sin insultos directos” y “referidas a apariencias o presunciones de falta de licitud” y por tanto quedan amparadas por la libertad de expresión e información.
El Tribunal Supremo entiende que a pesar de que el demandado utilizase la expresión claramente ofensiva de “saqueo” no se debe realizar una valoración aislada de la palabra y se ha de poner en contexto. En este sentido, la rueda de prensa se convocó para que tanto los medios como los seguidores del club estuvieran al tanto de las posibles irregularidades a raíz de otra polémica surgida en torno al anterior propietario implicado en un procedimiento penal y es en ese contexto donde usó “palabras de fácil comprensión” para hacerles entender su opinión personal. Además la repercusión fue mínima pues no resultaron mencionados personalmente.
Por todo ello, considera improcedente estimar la pretensión de los consejeros.