El pasado martes se celebró una audiencia pública ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en la que se dieron a conocer, entre otras, las posturas de Google y de la Agencia Española de Protección de Datos en materia de aplicabilidad de la normativa española (y europea) de protección de datos, aunque también participaron organismos de otros países europeos.
El TJUE debía examinar los interrogantes que la Audiencia Nacional le había traslado hacía un año a propósito de un recurso interpuesto por Google contra una resolución de la Agencia Española de Protección de Datos que le obligaba a retirar una determinada información de sus resultados de búsqueda al contener los datos personales de una persona. Así, la Audiencia Nacional solicitaba al TJUE que se pronunciara sobre qué alcance debían tener los derechos de cancelación y oposición; pues cuando un ciudadano solicitaba al buscador que dejara de mostrar información sobre su persona publicada en terceras páginas en base a lo establecido en la normativa de protección de datos, Google se limitaba a responder que dado que su sede se encuentra en California, la única legislación que le es aplicable es la estadounidense.
Así, lo realmente importante de este caso es que aclarará como se ha de aplicar la normativa española y europea en materia de protección de datos a las grandes empresas que como Google tienen su sede en países extracomunitarios, y que por lo general, suelen evitar someterse a la legislación europea.
Sin embargo, para conocer la decisión del TJUE en este asunto todavía habrá que esperar entre seis y nueve meses. No obstante, se prevé que para mediados de junio de este año el abogado general del TJUE publique sus conclusiones que, aunque no son vinculantes, suelen ser tenidas en consideración.
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