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Protección de Datos declara infracción al Ayuntamiento de Dos Hermanas por las cámaras de vigilancia en la Policía Local

El Ayuntamiento de Dos Hermanas infringe la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) y así se lo ha transmitido la Agencia Española de Protección de Datos, encargada de velar por su cumplimiento. Esta vez ya no se lo ha hecho saber con un aviso, como hizo en 2012 cuando abrió expediente de infracción por la instalación y colocación del sistema de videovigilancia de la Policía Local del municipio, formado por 13 cámaras, sino a través de una resolución que declara que el Consistorio, como titular del servicio de videovigilancia de la Comisaría de la Policía Local de Dos Hermanas, no respeta la normativa e incurre en dos infracciones graves.

Este organismo estatal declara la infracción al municipio, en una resolución de 3 de septiembre de 2013, por no dar de alta en la Agencia el sistema de videovigilancia a través de la notificación de la creación de este fichero de imágenes afectado por la Ley de Protección de Datos y por no contar con la autorización correspondiente, que debería haberse publicado a través de algún boletín oficial. Además, tras una inspección, la Agencia corroboró que una de las cámaras,ubicada para visualizar el armero de la comisaría, se excede en la captación de imágenes, llegando a grabar zonas de carácter privado vetadas para los sistema de cámaras como son las áreas de descanso.

Los hechos se remontan a marzo de 2012, cuando en la Agencia Española de Protección de Datos se registraron las denuncias de los sindicatos CSIF y SPPME-A, comunicando la posible infracción de la Ley por la instalación del sistema de videovigilancia de la Policía Local de Dos Hermanas, formado por 13 cámaras y cuyo titular es el ayuntamiento de la localidad. Tras abrir una investigación, la Agencia inició un expediente de infracción en el cual ya alertó al Ayuntamiento de que el visionado de algunas cámaras y la propia instalación de las mismas contravenían la normativa en materia de privacidad y se instó a las autoridades a notificar la creación del fichero de imágenes a la Agencia Española. Además, se instó a reorientar algunas de las cámaras por invadir zonas de ámbito privado. Una vez el Ayuntamiento subsanó algunas deficiencias, los inspectores de la Agencia constataron que una de las cámaras instaladas para captar el armero seguía recogiendo una zona de descanso, uno de los puntos vetados para la videovigilancia junto a los baños o vestuarios.

El Ayuntamiento alegó que la finalidad de la instalación del sistema de videovigilancia era la seguridad y protección de personas y bienes en la sede de la Policía Local después de unos daños registrados tras actos vandálicos que en octubre de 2011 fueron denunciados al juzgado. Sostiene el Consistorio que en ningún caso se utilizó el sistema de cámaras para el control laboral de los agentes. Pese a que la Agencia realizó una inspección detallada y constató que la instalación de cámaras estaría legitimada, el organismo estatal que vela por la protección de datos ha dictado una resolución de infracción contra el Ayuntamiento por incurrir en dos faltas graves al no cumplir una de las medidas necesarias como es la notificación del sistema de vigilancia a la Agencia Española de Protección de Datos y su autorización a través de los boletines oficiales y por “el exceso” y “falta de proporcionalidad” que supone captar una zona de descanso en el interior de la Comisaría, por lo que insta al Consistorio a reubicar la orientación de la misma.

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