Los antecedentes penales o antecedentes judiciales son datos relativos a nuestra persona que están recogidos en el Registro Central de Penados y Rebeldes siempre que hubiésemos sido condenados por sentencia judicial firme.
Los datos que constan en ese Registro de antecedentes penales son los siguientes:
a) Nombre, apellido, cédula de identidad, edad, seco, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad, profesión y estado civil.
b) Delito o falta a que se refiere la sentencia condenatoria.
c) Agravantes o atenuantes.
d) Carácter primario o reincidente.
e) Penas impuestas y Tribunal que las dicto.
f) Reparación de daños a la víctima.
g) Pago de costas procesales.
h) Lugar o establecimiento penitenciario de cumplimiento de la condena.
i) Conducta penitenciaria.
j) Conocimientos y capacidad laboral adquiridos durante el periodo de reclusión.
k) Datos sobre exámenes psicológicos y psiquiátricos a que fuere sometido.
l) Datos sobre la personalidad y posibilidades de readaptación social.
Los antecedentes penales, a diferencia de los antecedentes policiales, si son tenidos en cuenta por el Juez en los juicios penales celebrados contra nuestra persona por la comisión posterior de otro delito, e influyen en la tramitación de otros procedimientos como puede ser la solicitud de la nacionalidad y que exigen certificado de antecedentes judiciales negativo.
Además, en contra de la opinión mayoritaria, los antecedentes penales no se extinguen de manera automática con el cumplimiento de la pena impuesta y recogida en la sentencia, han de ser cancelados.